Consejo Académico

DECRETO 1075 DEL 26 DE MAYO DE 2015

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación

CONSEJO ACADÉMICO

La conformación del Consejo Académico de la institución Educativa de acuerdo al artículo 45 -de la Ley General de Educación y la Ley 115 de 1994, el artículo 24 del Decreto 1860 de agosto de 1994 será la siguiente:

  • Rectora quien lo convoca y preside
  • Un docente por área definida en el plan de estudios, para secundaria.
  • Un docente representando los grados transición, 1 ,2 y 3.
  • Un docente por grado de 4 y 5

Cumplirá las siguientes funciones:

  • Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del P.E.I.
  • Estudiar el currículo y propiciar el continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con los procedimientos previstos en el presente decreto.
  • Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
  • Participar en la evaluación institucional anual.
  • Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
  • Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y
  • Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el P.E.I. (Dec. 1860/94, Art. 24)

Integrantes del Consejo Académico

REPRESENTACIÓNNOMBRE
RECTORESP. MARIA ENITH MENDEZ MAFLA
COORDINADORALUCILA CAMPO MONTAÑO
COORDINADORAORFA LUCIA NUÑEZ ROJAS
EDUCACIÓN FÍSICANESTRO GARCERA
TÉCNICA DE COMERCIOHECTOR FABIO RODRIGUEZ
TÉCNICA DE TECNOLOGÍA E INFORMATICAADRIANA CAROLINA PAEZ
MATEMÁTICASERNESTO CUADROS
LENGUA CASTELLANAAMANDA CORAL OJEDA
CIENCIAS NATURALESPEDRO ANTONIO OROZCO
CIENCIAS SOCIALES Y CÁTEDRA DE PAZMARIA DEL PILAR CAMPO
RELIGIÓNMARTHA PIEDAD BECERRA
ÉTICA Y VALORESMARJORIE AGREDO GIL

Funciones Consejo Académico

Reglamento Interno del Consejo Académico